4 de julio de 2011

Día Nacional de la Juventud, 4 de Julio; un recuento por la historia e incidencia de los jóvenes en Colombia


Los estudiantes de la séptima papeleta
Foto: Revista Semana
Hace  14 años fue promulgada la ley de la Juventud (Ley 375 de 1997) en Colombia. Hasta hoy, ha sido débil su implementación y desarrollo en el marco de la Política Nacional de Juventud, pero han sido grandes los aciertos y proyectos que han emprendido jóvenes en Colombia y en otras partes del mundo. El 4 de Julio, Día Nacional de la Juventud, se cumplen también 20 años de la Constitución Política de Colombia que fue liderada por jóvenes del movimiento de la Séptima Papeleta, quienes durante estos 20 años han acompañado también las iniciativas y procesos juveniles del país.

Si bien el gobierno de Álvaro Uribe formuló un plan decenal hasta 2015, fueron más las buenas intenciones que las realizaciones que se han llevado a cabo. Lo cierto es que se ha hecho incidencia a través de varios mecanismos por parte de la sociedad civil y de jóvenes organizados y no organizados.

Desde el 2010 en el marco del “año internacional de la juventud” y con el respaldo de 30 Senadores y 39 Representantes a la Cámara de diversos partidos políticos se radicó el 26 de Agosto en el Congreso de la Republica, el proyecto de Ley Estatutaria de Ciudadanía Juvenil (PLE). El proyecto establecía que en las políticas públicas se contemplara a los y las jóvenes y que en los planes de inversión y de desarrollo tuvieran participación activa en cada una de las decisiones trascendentales para el desarrollo de las regiones. Además, el proyecto de ley estatutaria buscaba establecer un marco institucional para garantizar a todos los y las jóvenes el ejercicio pleno de la ciudadanía juvenil en los ámbitos civil, personal, social y público, así como el goce efectivo de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno e internacional, y la adopción de las políticas públicas necesarias para su realización, a su vez derogar la actual Ley 375 de 1997 o Ley de Juventud, luego de que la Sentencia C-616/08 de la Corte Constitucional "Objeciones Presidenciales al Proyecto de Ley No. 293 de 2006 -Senado de la República-, 12 de 2005- Cámara de Representantes - Por el cual se dictan normas para la elección, conformación y funcionamiento de los consejos de la juventud" y que plantea que estos temas deben ser desarrollados en una Ley Estatutaria y no ordinaria.

Luego de tres debates, en la noche del miércoles, 15 de junio, la Plenaria de la Cámara de Representantes hundió, en su último debate, el PLE de Ciudadanía Juvenil. A pesar que la iniciativa ya había sido aprobada en sus dos debates por el Senado de la República, y por la comisión Primera de la Cámara de Representantes, no pudo superar su último debate en la plenaria de esa corporación.

Según lo publicado por el diario El Universal, el coordinador ponente del PLE, Orlando Velandia, denunció que Colombia Joven torpedeó el proyecto debido a que no participó en su elaboración y solicitó al Gobierno que el 20 de julio, con mensaje de urgencia, sea presentado nuevamente el proyecto. Por su parte, el viceministro del Interior, Aurelio Iragorri, indicó que el Gobierno se comprometió a presentar nuevamente el Estatuto de Ciudadanía Juvenil en la legislatura que inicia el próximo 20 de julio, ya como un proyecto de Gobierno. No obstante, el Representante a la Cámara más joven de Colombia, Carlos Amaya señaló que “es lamentable que el Congreso prefiera terminar las sesiones el día jueves e irse de vacaciones, antes del 20 de junio, y no diera trámite a una propuesta que los jóvenes le presentaron al país”. Queda a su consideración y critica lo sucedido en el anterior proceso.

Es muy importante la participación, la suya y la nuestra, en el transcurso que continúa de la anterior iniciativa. De igual manera resaltar y reconocer el trabajo constante de jóvenes de diversas regiones, así mismo de JuventudEs Colombia (Espacio de Coordinación por la Plataforma Nacional de Juventud - JuventudEs Colombia ECIPNJ.), pues hoy se continúa debatiendo y discutiendo el Proyecto de Ley Estatuaria de Ciudadanía Juvenil e invitando a participar en este diálogo social y constructivo. Este espacio invita a hacer un balance sobre la implementación de la ley 375 de 1997 luego de estos 14 años, a evaluar su efectividad y ver qué le hace falta para garantizar los derechos y la participación de las y los jóvenes en nuestro país.

Capacidad de incidencia de los Jóvenes en Colombia

Existen variedades de la incidencia: etapas, sectores, poderes y niveles de gobierno. Cada etapa obedece a dinámicas distintas, requiere entonces diferentes capacidades y distintas estrategias de las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC).

Una descripción adecuada de las condiciones de incidencia requiere de un inventario exhaustivo de las posibilidades de mediación y corresponsabilidad, en particular de la relación entre las OSC, los partidos políticos y la opinión pública. Acuña[1] plantea, que en la implementación las OSC pueden intervenir  a través del mecanismo de distribución de bienes y servicios, desarrollando iniciativas autónomas que complementan y refuerzan el impacto de las intervenciones públicas y removiendo obstáculos sociales, políticos e institucionales para el acceso de segmentos de población a bienes o servicios provistos por el Estado.

La iniciativa del PLE debe contemplar arenas políticas, agendas públicas en los planes territoriales de gobierno y una efectiva proyección independientemente del nivel de institucionalización y formalización que se le vaya a dar. Lo anterior debe ir guiado de un proceso con nuevos enfoques exitosos y etapas efectivas que suceden a una política pública para lograr impactos uniformes territorialmente y que no dependa solamente del compromiso o voluntad del gobernante de turno sino de un proceso participativo e incluyente con la sociedad civil y la ciudadanía juvenil, tal como se ha venido desarrollando desde el comité Técnico de Ley, que surge luego de amplio y riguroso proceso consultivo, que incluyó a los diferentes sectores sociales y políticos, a una amplia gama de instituciones públicas y privadas relacionadas con la dinámica juvenil, así como también el apoyo de entidades nacionales e internacionales, incluido el Programa Presidencial Colombia Joven.

Esta propuesta, presentada en el marco del Año Internacional de la Juventud declarado por Naciones Unidas, compromete a sus coautores a apoyar una discusión nacional sobre el Proyecto de Ley que han venido realizando organizaciones, jóvenes e instituciones; y deberá entenderse como un ejercicio que no solo compromete a las y los jóvenes colombianos, sino que invita a todos los actores sociales, políticos y económicos del nivel municipal, departamental, nacional e internacional, a contribuir en el debate, sanción e implementación del Estatuto de Ciudadanía Juvenil.

Es muy importante la incidencia que se efectué para el proceso que continua, luego de ser aprobado este proyecto, y en esta medida es necesario que los y las jóvenes a través de las OSC, redes, espacios, plataformas y mecanismos de participación de actores políticos y sociales puedan intervenir a través de dos mecanismos fundamentales: difundiendo y proponiendo ejemplos de innovación efectivos en el diseño de Políticas Públicas y monitoreando las negociaciones intergubernamentales, y es en esta perspectiva que Colombia y la ciudadanía juvenil ha avanzado y tuvo como fruto una iniciativa legislativa, producto de la incidencia y trabajo organizado de las juventudes colombianas, que se puede decir, se ha hecho a través una dinámica pedagógica de carácter dialógico posibilitando la activación de la racionalidad comunicativa y la construcción de consensos en torno a los fines y medios, por lo que puede afirmarse que busca propiciar la construcción de la cultura política y ciudadana que hace posible la consolidación de un orden democrático.

Para el caso de las Juventudes en Colombia, entendiendo la degradación social, el empobrecimiento del símbolo y del poder público juvenil, es necesario, anclar mutuamente y construir alianzas entre la institucionalidad pública y la sociedad civil para abordar la situación de los jóvenes desde un marco legal en materia de derechos y servicios y crear herramientas y políticas públicas, por ejemplo, para el acceso a una educación pertinente y de calidad, a la cultura, a la recreación, a la tecnología, la formación y desarrollo de los y las jóvenes en el deporte y la actividad física, la promoción de hábitos de vida y entornos saludables, la salud pública y colectiva oportuna y de calidad, atención primaria y prevención de las enfermedades, el acceso al empleo legal y formal, la incorporación en la decisiones y generación de seguridad y condiciones ambientales sustentables, el reconocimiento y la inclusión de las y los jóvenes como sujetos centrales de la democracia y claves para el desarrollo sostenible del país. La generaración de condiciones y oportunidades en la que los jóvenes puedan tomar decisiones libres y responsables en torno a su permanencia en el sistema educativo, al cuidado de su salud y del medio ambiente, a su vida sexual y a la formación de una familia, a su ingreso al mundo del trabajo, y a las diversas formas de participación políticas del país.

Las políticas públicas de juventud deben enfocarse hacia la participación de los mismos actores juveniles, los cuales, no deben ser concebidos como agentes subjetivos portadores o generadores de problemas, sino como agentes propositivos de buenos cambios y con gran potencial para construir y fortalecer el tejido social, reconociendo el proceso subjetivo atravesado por la condición y el estilo de vida articulados a las construcciones sociales. Surge aquí el potencial de los y las jóvenes para contribuir a la construcción de un país que reconociendo estos condicionamientos, consolide las expresiones democráticas, solidarias, sostenibles y respetuosas de la vida y la naturaleza. Por tanto, la ciudadanía juvenil debe construir fines colectivos y utópicos para generar confianza y convivencia entre los diferentes individuos; no se trata de una sociedad homogénea sino armonizada y equilibrada, tendiente a desarrollar y participar activamente en el desarrollo de las políticas públicas juveniles y fortalecer el tejido asociativo juvenil.

Feliz Día de la Juventud!!!

Foto de la campaña que circula por las redes sociales

Cordialmente,

Líder Transformacional y Emprendedor Social
Skype: lfalarconu
Twitter: LuisFdoAlarconU


[1] ACUÑA, Carlos - VACCHIERI, Ariana. (Comp.) (2007). En "La Incidencia Política de la Sociedad Civil". Siglo Veintiuno Editores. Buenos Aires, Argentina.

1 comentario:

  1. ESTIMADOS AMIGOS:
    Solicito mi liderazgo universal de internet porque alcanzamos la paz del mundo a través de los sitios de internet y porque tambien alcanzamos las fusiones sociales de las distintas clases sociales y porque tambien alcanzamos las depuraciones morales y éticas de los sitios vinculados a la red noticiosa.

    Atentamente:
    Jorge Vinicio Santos Gonzalez,
    Documento de identificacion personal:
    1999-01058-0101 Guatemala,
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